Locación de Servicios — Contrato civil con el Estado
La locación de servicios es un contrato de naturaleza civil regulado por el Código Civil, mediante el cual una persona presta servicios al Estado emitiendo recibo por honorarios. No genera vínculo laboral.
Preguntas frecuentes sobre Locación de Servicios
No con la misma entidad. La normativa peruana prohíbe la doble percepción de fondos del Estado. Sí puedes tener locación con una entidad y CAS con otra solo si no hay conflicto horario ni de exclusividad.
No. La locación no genera vínculo laboral, por lo que no aplica vacaciones, gratificaciones, ni indemnización por término. Solo cobrás los honorarios pactados por el servicio entregado.
Varía según el servicio. Honorarios típicos van de S/. 1,500 a S/. 15,000 mensuales según especialidad. Profesionales senior en consultoría pueden cobrar S/. 20,000+ por proyecto.
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