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Glosario · Sector público

CAS — Contrato Administrativo de Servicios

El CAS (Contrato Administrativo de Servicios) es la modalidad de contrato más utilizada por entidades del Estado peruano. Regulada por el Decreto Legislativo N° 1057, ofrece beneficios laborales pero sin estabilidad permanente.

¿Qué es el CAS?

El Contrato Administrativo de Servicios (CAS) es un régimen laboral especial del Estado peruano creado por el Decreto Legislativo N° 1057 (2008). Su objetivo es regular la contratación temporal de personal para entidades públicas que no formaba parte del régimen 276 (carrera administrativa) ni del régimen 728 (privado).

Beneficios del régimen CAS

Los trabajadores CAS tienen derecho a: 15 días de vacaciones al año, aguinaldo en julio y diciembre, seguro social en EsSalud, afiliación obligatoria al sistema pensionario (ONP o AFP), licencia por maternidad/paternidad, descanso semanal y pago de horas extras. Desde la Ley N° 31131 (2021), el CAS adquirió carácter indeterminado para quienes cumplan ciertos requisitos.

Diferencias con otros regímenes

A diferencia del régimen 728 (privado, con CTS y mayor estabilidad) y del régimen 276 (carrera pública con escalafón), el CAS originalmente tenía duración determinada y sin CTS. Tras la Ley 31131, esta diferencia se redujo, aunque sigue habiendo diferencias en escalas remunerativas.

¿Cómo postular a un CAS?

Las convocatorias CAS se publican en el portal de cada entidad. El proceso típico tiene 4 etapas: (1) evaluación curricular, (2) evaluación técnica (prueba escrita), (3) entrevista personal, y (4) declaración de ganador. Los puntajes mínimos varían por entidad. Encuentra las convocatorias CAS activas en BuscaChamba filtrando por modalidad CAS.

Preguntas frecuentes sobre CAS

Originalmente el CAS era anual renovable. Tras la Ley N° 31131, los CAS adquieren carácter indeterminado si el trabajador cumple los requisitos legales y la entidad no acredita causa justa de no renovación. En la práctica, muchos contratos siguen siendo anuales con renovaciones automáticas.

No, el régimen CAS no contempla Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) como sí lo hace el régimen 728. Sin embargo, los CAS reciben aguinaldos en julio y diciembre que parcialmente compensan ese beneficio.

Tras la Ley N° 31131, no. La entidad debe acreditar causa justa o terminación legal del contrato. Si te despidieron sin causa, puedes acudir a la vía judicial (proceso contencioso-administrativo).

Generalmente no. La normativa peruana prohíbe la doble percepción de remuneraciones del Estado, salvo casos específicos (docencia, dietas). Tendrías que renunciar a tu trabajo actual si resultás ganador.

La remuneración varía según entidad y nivel del puesto. En 2025 el rango típico va de S/. 1,500 (auxiliares) a S/. 12,000+ (especialistas senior, jefes de oficina). Las entidades publican el monto en cada convocatoria.

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