CAS — Contrato Administrativo de Servicios
El CAS (Contrato Administrativo de Servicios) es la modalidad de contrato más utilizada por entidades del Estado peruano. Regulada por el Decreto Legislativo N° 1057, ofrece beneficios laborales pero sin estabilidad permanente.
Preguntas frecuentes sobre CAS
Originalmente el CAS era anual renovable. Tras la Ley N° 31131, los CAS adquieren carácter indeterminado si el trabajador cumple los requisitos legales y la entidad no acredita causa justa de no renovación. En la práctica, muchos contratos siguen siendo anuales con renovaciones automáticas.
No, el régimen CAS no contempla Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) como sí lo hace el régimen 728. Sin embargo, los CAS reciben aguinaldos en julio y diciembre que parcialmente compensan ese beneficio.
Tras la Ley N° 31131, no. La entidad debe acreditar causa justa o terminación legal del contrato. Si te despidieron sin causa, puedes acudir a la vía judicial (proceso contencioso-administrativo).
Generalmente no. La normativa peruana prohíbe la doble percepción de remuneraciones del Estado, salvo casos específicos (docencia, dietas). Tendrías que renunciar a tu trabajo actual si resultás ganador.
La remuneración varía según entidad y nivel del puesto. En 2025 el rango típico va de S/. 1,500 (auxiliares) a S/. 12,000+ (especialistas senior, jefes de oficina). Las entidades publican el monto en cada convocatoria.
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